Desalojo en una vivienda con menores
Si tienes una vivienda arrendada, y tu inquilino lleva varios meses sin pagar la renta, por lo que has decidido presentar un desahucio o desalojo. Pues bien, si en la vivienda residen menores de edad o personas de edad avanzada, lo mejor es que en la demanda de desahucio solicite al Juzgado la intervención de los Servicios Sociales del Ayuntamiento o de la comunidad autónoma:
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Si tras presentar el desahucio el inquilino no paga ni entrega las llaves, el Juzgado procederá a su desahucio. Pero cuando llegue la fecha señalada para ello y la comisión judicial constate que en la vivienda residen menores de edad, es probable que suspendan el desalojo y se comunique dicha circunstancia a los Servicios Sociales.
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Si eso sucede, el desalojo quedará en suspenso hasta que se encuentre una solución para alojar a los menores de edad.
Por lo que, es mejor que te anticipes y en la demanda de desahucio solicites el desalojo si el inquilino no paga no se opone, y pide también que se oficie a los Servicios Sociales. Así, mientras se tramita el desahucio, ya se dará una solución, por lo que el desalojo se podrá realizar en la fecha prevista.