Si tienes ya tienes una hipoteca o estás pensando en contratarla te interesa este post. A finales de 2017 el Gobierno aprobó el proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, que está previsto que entre en vigor en el primer semestre de 2018.
El objetivo de esta nueva Ley es, dar seguridad jurídica al sector financiero, adaptarla a la normativa europea, hacer más transparentes los contratos de hipotecas y reducir las comisiones que pagan los clientes de las entidades financieras a fin dar mayor protección al consumidor final.
Por lo tanto, para adaptarla a la normativa europea la nueva Ley contempla:
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Limitar las comisiones por cancelación anticipada, tanto parcial como total. Estando sujetas éstas a un máximo. En caso de hipotecas variables, el límite será 0,5 % en los 3 primeros años, y el 0,25% hasta el 5 año. A partir del 5º año la cancelación no tendrá comisión. El caso de la hipotecas fijas, el límite máximo será del 4% en los 10 primeros años, y a partir del décimo año, se reduce al 3%.
OJO: Estos porcentajes se aplicarán a las hipotecas que se firmen a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley.
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Queda prohibido vender una hipoteca con vinculación. Es decir, las entidades financieras, no podrán obligar al cliente a aceptar una serie de productos como, seguro de hogar, vida, etc. para que así le concedan la hipoteca. Aunque estos productos, si se los podrán ofrecer al consumidor, para que contratándolos pueda mejorar las condiciones del préstamo y así, bajarle el tipo de interés que le aplican.
Por lo tanto, una medida de transparencia será que, los bancos estarán obligados a entregar al cliente las diferentes alternativas que puede contratar el cliente, con o sin productos vinculados.
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Se eliminan los incentivos para los empleados de los bancos por captar hipotecas.
Otras medidas que contempla la nueva Ley Hipotecaria:
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Los futuros hipotecados podrán visitar al notario antes de firmar el préstamo, y así comprobar que se ajusta todo a la legalidad. Que no existen cláusulas abusivas, o que no estén del todo claras. La visita será gratuita y el cliente podrá elegir el notario. Podrá hacerlo una semana antes de la firma.
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El límite del interés de demora, no podrá ser superior al 9%
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Con la nueva Ley se facilita que se pueda cambiar la hipoteca de un tipo de interés variable a un tipo fijo. Se podrá negociar con la entidad o consultar con otra.
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Se crea una lista de cláusulas abusivas, de las cuales, tendrá referencia el notario, para que si observa que su incorporación en algún contrato, pueda exigir al banco que la retire.
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Diseña un tipo de hipoteca para que pueda ser entendido por cualquier persona, aunque no tenga conocimientos de finanzas.
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Para los casos que el cliente no pague las cuotas, en este momento se inicia el procedimiento con el impago de tres mensualidades, con la nueva ley que afectará a las hipotecas nueva y vigentes, se procederá de la siguiente forma:
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El contrato se divide en dos partes: En la primera mitad de duración, se permitirá un impago hasta el 2% del importe prestado, para comenzar el procedimiento de ejecución, no pudiendo superar el plazo máximo de 9 mensualidades impagadas. Para la segunda mitad de duración del contrato, el porcentaje pasará al 4% no pudiendo superar el plazo máximo de 12 mensualidades impagadas. Para una hipoteca a 30 años, por ejemplo, cada mitad serían 15 años.
Si estás pensando en contratar una hipoteca, te podemos ayudar, tenemos convenios de colaboración con la mayoría de las entidades financieras de Antequera.