En unos días se iniciará la campaña de la Renta 2020, y para ayudarte te resumo las deducciones más habituales en cuanto a vivienda se refiere:
Compra de vivienda habitual:
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Si compraste tu vivienda antes del 01 de Enero de 2013, podrás deducirte un 15% de las cantidades pagadas, con un máximo de 9.040 € anuales, con lo que la máximo que te puedes rebajar del IRPF serán 1.356,00 €.
Si compraste después de esa fecha no podrás deducirte cantidad alguna por este concepto.
Alquiler de vivienda habitual:
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Si alquilaste una vivienda antes del 01 de Enero de 2015, y el contrato se mantiene vigente, podrás deducirte 10,05% del dinero que has pagado durante el año 2020, siempre que tu base imponible sea menor a 24.107,20 € anuales.
Si firmaste un contrato de alquiler después del 01 de Enero de 2015 no podrás deducirte ninguna cantidad.
Puedes consultar en tu Comunidad Autónoma porque algunas aplican deducciones por el alquiler siempre que pertenezcas algunos de los siguientes colectivos:
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Que seas menor de 35 años.
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Que hayas sufrido una dación en pago.
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Que tengas alguna discapacidad.
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Que tengas uno ingresos reducidos.
Puedes encontrar más artículos sobre ahorro en mi blog Pisomap