La Junta de Andalucía tiene previsto aprobar en el mes de Julio, ayudas al alquiler, moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias y la suspensión de desahucios de viviendas habituales a colectivos vulnerables.
Las solicitudes se deberán presentar por medios telemáticos, por lo que, será necesario que tengas el certificado digital, si no dispones de él, puedes sacarlo “pinchando” en el enlace que te detallo a continuación: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados
Las ayudas van destinadas SOLO a personas arrendatarias de vivienda habitual, que por impacto del COVID-19 tengan dificultad para pagar el alquiler. No las pueden solicitar arrendatarios de segundas residencias, o de cualquier otro tipo de inmuebles, como naves industriales o locales comerciales.
Los requisitos que necesitas cumplir son los siguientes:
- Los ingresos familiares del mes anterior a la moratoria, no podrán superar los 1.645,80 €. A esta cantidad podrás sumarle 54,86 € por cada hijo que tengas a tu cargo y que no trabaje, o persona mayor de 65 años a tu cargo. También aumenta si la unidad familiar es monoparental o si existe algún miembro en la familia con minusvalía superior al 33%.
- La renta y los gastos de luz, agua, gas, gasoil para calefacción, teléfono fijo y móvil y contribución si la pagas, DEBEN SER SUPERIORES o IGUAL al 35% de los ingresos que perciba toda la familia.
- Ningún miembro de la familia podrá tener una vivienda en propiedad dentro del territorio español.
- Las personas que la soliciten deben estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Cómo la puedes solicitar?
Si ten conceden la ayuda será como máximo hasta el 30 de Septiembre de 2020.
Junto a la solicitud deberás entregar:
- Copia del contrato de arrendamiento, así como indicar como le estás pagando al casero.
- Copia del justificante de pago de las últimas tres mensualidades.
¿Cuánto dinero percibirás?
Pueden abonarte hasta el 100% de la renta con un máximo de 900 € al mes.
¿Por cuánto tiempo te la podrán dar?
Podrá ser de hasta 6 meses, pudiendo incluir con carácter retroactivo desde el mes de Abril de 2020. Esta ayuda es compatible con cualquier otra que puedas estar percibiendo, o tengas derecho a percibir. Si necesitas ampliar la información puedes llamar al teléfono de INFO.VIVIENDA 955 06 09 98 en horario de lunes a viernes en horario de 9’00 h hasta 19’00 h o contactando con el “buzón de INFO.VIVIENDA”