Son muchas las dudas que surgen sobre quien tiene que pagar el IBI, del año en el que se está vendiendo la vivienda. Si el comprador o el vendedor. La ley de haciendas locales dice que el pago del IBI anual le corresponde al que sea propietario de la vivienda el día 01 de Enero.
Sentencia Tribunal Supremo
Pues bien, el TRIBUNAL SUPREMO ha dictaminado que en caso de que no se acuerde otra forma, el vendedor podrá repercutirlo sobre el comprador en proporción al tiempo en que cada una de las partes haya disfrutado de la casa. Es decir, que si estas vendido tu vivienda el día 30 ce Abril si no se pacta lo contrario en el contrato, tu deberás pagar 4 meses y el comprador 9 meses.
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