Poco puedo aportar de nuevo, a la polémica suscitada tras la decisión del Tribunal Supremo de dictaminar que sean los clientes los que deban pagar el Impuesto a las Hipoteca, también llamado, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Aunque el poder político ha salido a toda marcha, a corregir la decisión del alto tribunal, y hoy ya ha publicado en el BOE la modificación de la Ley Hipotecaria, para que a partir de ahora, sean los bancos los que asuman el pago del impuesto a las hipotecas, pero claro, a partir de ahora…, y … ¿qué pasa con las personas que ya lo pagaron en su día? Pues la verdad, es que lo tenemos crudo para que nos lo devuelvan, sin embargo, desde las distintas organizaciones de consumidores, se está animando a los clientes, para que reclamen los otros gastos que se derivaron cuando contrataron la hipoteca, como son, los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y gestoría.
Lo podrá reclamar cualquier persona que esté abonando un préstamo hipotecario, o incluso si ya has terminado de pagarlo, podrías reclamarlo. Igualmente podrás reclamar los gastos, si has tenido que modificar tu hipoteca o te subrogaste en una hipoteca.
Para reclamarlos tendrás que presentar una reclamación al banco que te concedió la hipoteca. No obstante, mi consejo es que contactes con algún profesional que te asesore con respecto a los trámites, así como, te indique cuánto dinero podrás recuperar.
Si consultas en internet, encontrarás distintas plataformas de abogados que te podrán ayudar, y a los que no tendrás que pagar nada, hasta que te devuelvan el dinero. Una por ejemplo que he encontrado es “abogados financieros”
Los documentos que necesitas tener preparados son:
Facturas de
- Notaría
- Registro
- Tasador
- Gestoría
Escrituras de préstamo hipotecario
Si no encuentras alguna de estas facturas, puedes pedir un duplicado en la notaría, registro o gestoría.
Lo primero es presentar una reclamación en el banco, dándole un plazo de dos meses para que resuelva. Si no se tiene noticias pasado este tiempo, lo mejor es acudir al juzgado.
La cantidad que recuperarás va a depender del importe de los gastos que tuviste cuando formalizaste el préstamo.