Guía completa para solicitar la ayuda del alquiler de hasta el 40%

31 de agosto de 2018

Si eres residente en Andalucía y actualmente vives de alquiler, ya puedes solicitar la ayuda al alquiler. A final de mes de Julio, se firmó el acuerdo entre el Gobierno Central y la Junta de Andalucía, donde se detalló las cantidades que soportará cada organismo público, y que alcanzan los 246,75 millones que aportará el Gobierno para esta comunidad, y los 74 millones que aportará la Junta de Andalucía.

Requisitos para solicitar la ayuda del alquiler

  1. Tienes que ser titular de un contrato de arrendamiento actualmente.
  2. Que la vivienda que tienes alquilada, sea tu residencia habitual y permanente y estar empadronados en la misma.
  3. Deberás tener residencia legal en el territorio nacional.
  4. Que la vivienda se encuentre en Andalucía.
  5. Si en el contrato hay más titulares, deberán estar conviviendo en la casa, y figurar en la solicitud.
  6. Las personas que la soliciten, no podrán tener relación de parentesco con el propietario, es decir, no podrán solicitarla, padres o hijos del propietario.
  7. El importe del alquiler mensual de la vivienda no podrá ser superior a 600 €
  8. Las personas solicitantes de la subvención, no podrán tener otra vivienda o porcentaje de alguna vivienda, a su nombre. Salvo en el caso que sean titulares de una vivienda, pero no puedan disfrutarla por motivos de separación o divorcio. O cuando por alguna discapacidad no pueda vivir en ella. O en el supuesto de que el porcentaje de la vivienda de la que se es titular, haya sido adjudicada por fallecimiento de su titular.
  9. Los ingresos no podrán superar 2,5 veces el IPREM, es decir, los 18.800 € al año. O 3 veces el IPREM (22.560 € al año) si se trata de familia numerosa o dentro de la unidad familiar, conviven personas con discapacidad. Los ingresos a tener en cuenta, serán los que consten en Hacienda.
  10. Deberás tener una cuenta bancaria dada de alta en la Seguridad social o en Hacienda.
  11. Tienen preferencia los jóvenes menores de 35 años.
  12. Los mayores de 65 años tendrán derecho al incremento de la ayuda.

Qué cantidad se subvenciona

  • La cantidad es del 40% de la renta mensual del alquiler.
  • Para las personas mayores de 65 años, será de hasta el 50% de la renta mensual.
  • Si eres menor de 35 años, podrá alcanzar el 50% de la renta mensual.

Cuánto tiempo se podra disfrutar de la ayuda

  • El periodo podrá alcanzar hasta los 36 meses, si se continúan cumpliendo los requisitos y exista presupuesto.

Incompatibilidad

  • No se podrá percibir la ayuda, si se está percibiendo ya cualquier otra ayuda para la misma finalidad, excepto si las personas que la están percibiendo, están en situación de especial vulnerabilidad, en este supuesto, se podrá alcanzar hasta el 75% de la renta mensual.

¿Donde presentar la solicitud de la ayuda?

La solicitud se podrá presentar desde la siguiente dirección:  http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda 

O en el registro de cualquiera de las delegaciones provinciales de vivienda de la Junta de Andalucía.

Obligaciones de los beneficiarios

  • Comunicar cualquier cambio de la condiciones que se han tenido en cuenta.
  • Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente y ocuparla.
  • Acreditar que se mantienen las condiciones y se cumplen los requisitos que dieron lugar a que se cobrase la ayuda.
  • Justificar el pago del alquiler mensual.