Una de las medidas adoptadas por el gobierno para ésta crisis fue la moratoria para hipotecas de vivienda habitual. Si cumples algunos de los siguientes 4 casos puedes solicitar éste paréntesis en tu hipoteca.
- Si los titulares de la hipoteca han quedado desempleados o como empresarios/autónomos tus ingresos han descendido en más de un 40%.
- Si la cuota de la hipoteca más los gastos de los suministros básicos es igual o superior al 35% de lo que ingresa la familia.
- El esfuerzo que representa su carga hipotecaria se ha multiplicado por 1,3 debido a ésta situación.
- En el mes anterior a la solicitud de la moratoria la familia no superó 3 veces el IPREM (537,84 €) es decir, ingresó menos de 1.613,52 €. Por cada hijo o persona mayor de 65 años el límite se incrementa en 53,78 € y si tenemos a nuestro cargo una persona con discapacidad superior al 33% ese tope pasa a ser de 2.151,36 euros.
¿Cómo la solicito?
Os avisamos de que no es tarea fácil, hay que presentar gran cantidad de documentación para demostrar que nos encontramos entre los anteriores supuestos. Por tanto vamos a necesitar:
- Una solicitud formal a la entidad que nos ha concedido el préstamo.
- Certificado de estar desempleado junto con la cantidad que se percibe, y en caso de autónomos/empresarios el certificado equivalente de la Agencia Tributaria del cese.
- Libro de familia o acreditación como pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento para demostrar que es nuestra vivienda habitual y cuántos miembros vivimos allí.
- Declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad en los casos que proceda de las personas en éstas circunstancias que están a nuestro cargo.
- Nota simple de todos los miembros de la familia, escrituras de compra y concesión del préstamo hipotecario.
Una vez hemos realizado la solicitud, la entidad bancaria tiene un plazo máximo de 15 días para darnos una respuesta. En caso de aceptación la cuota no constará como impago en ningún caso ni generará intereses, será un paréntesis que, de momento, salvo que se vaya ampliando el plazo tendremos hasta el 3 de mayo de 2.020.