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“Tramitación de Herencias”
Ya en uno de mis últimos post ¿Cómo vender una casa heredada” , detallaba la documentación necesaria para adjudicarte una vivienda que has heredado.
Pues bien, hoy quiero detallar los pasos y la documentación necesaria para tramitar una herencia. Recordarte que los trámites relacionados con la herencia los puedes realizar, hasta transcurridos seis meses desde el fallecimiento del causante.
Ocho son los pasos a seguir para tramitar una herencia:
- Solicitar el certificado de defunción en el Registro Civil. Esto lo puedes realizar, transcurrido un día desde la defunción.
- A partir de los 15 días hábiles desde el fallecimiento, podrás solicitar el certificado de últimas voluntades y el certificado de los contratos de seguros. Lo podrás hacer en la Gerencia del Ministerio correspondiente a su domicilio. Este certificado permite saber si la persona fallecida otorgó testamento y, en caso de que lo hubiera hecho, en que fechas y en que notarías.
- Solicitar una copia autorizada del testamento en la notaría en la que se otorgó. Para eso necesitas el DNI original y los certificados de defunción y últimas voluntades.
- Declaración de Herederos. Para este trámite se deberá aportar, el DNI del difunto en el que figure el último domicilio o el certificado de empadronamiento, certificado de defunción y de últimas voluntades, además de indicar quienes son los herederos, para eso, deberán presentar, certificados de nacimiento de todos los herederos, certificados de defunción de algún heredero que haya fallecido antes, y libro de familia que acredite la relación de parentesco con el fallecido. El día de la firma, deberán acompañarle dos testigos que no sean familiares del fallecido.
- Una vez tenga el testamento o pasados 20 días hábiles desde la declaración de herederos, ya se puede aceptar o renunciar la herencia. Para aceptar la herencia se deberá aportar a la notaría, los documentos que acrediten que los bienes que tenía el fallecido: escrituras de propiedades, documentación de vehículos, último recibo del IBI, certificados bancarios con los saldos de las cuentas, etc.
- Se tendrá que liquidar el impuesto de Sucesiones que rige en cada Comunidad Autónoma y que en Andalucía tiene una bonificación del 99%. También se debe liquidar la plusvalía municipal en el Ayuntamiento correspondiente).
- Presentar en el Registro de la Propiedad en el que consten inscritas las fincas, las escrituras de herencia junto al testamento o declaración de herederos y las cartas de pago de los impuestos.
- Lo mismo se deberá hacer en los bancos donde tuviese las cuentas y en tráfico en el caso de que hubiese vehículos a nombre del fallecido.
Documentación necesaria para tramitar una herencia
- Fotocopia del DNI del fallecido.
- Fotocopia del DNI de los herederos.
- Certificado original del banco donde tuviese las cuentas.
- Documentación de los vehículos que tuviese el fallecido.
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Testamento de la persona fallecida.
- Fotocopia de las escrituras de los inmuebles a heredar.
- Copia del Testamento (si lo hubiera).
- Certificados de seguros de vida.
- Impuesto de sucesiones pagado (Modelo 660-650).
- Impuesto de plusvalía pagado o presentada solicitud de liquidación.
- Inscripción catastral.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad una vez recogidos los originales.
Si no dispones de tiempo para realizar este complejo trámite, en Pisomap te lo ponemos fácil.