Según los últimos datos ofrecidos por el Instituto Nacional de Estadística, hasta Octubre de 2017 se contrataron 264.533 hipotecas en España. Según las previsiones esta cantidad aumentará en 2018, apoyada sobre todo por la Nueva Ley Hipotecaria que el Gobierno aprobará en este ejercicio.
Una de las cuestiones que nos surgen cuando nos decidimos a solicitar una hipoteca, es la vinculación que el banco nos exige, y más concretamente, los seguros que llevará asociados esa hipoteca.
Te interesa saber lo siguiente:
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Vincular el seguro de hogar a la hipoteca no es un requisito obligatorio por ley. Lo único que la Ley exige, es contratar una póliza de incendios o daños que alcance el valor de tasación de la vivienda. Por lo tanto, no tienes por qué admitir esta práctica
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También es muy común el vincular un seguro de VIDA, para evitar cargas a los herederos en caso de fallecimiento o invalidez de los compradores. Como es la entidad la que lo contrata, suele nombrarse ella misma, como beneficiaria del seguro ante un fallecimiento, no obstante, tampoco exige la ley nombrar al banco como beneficiario, por lo que, te recomendamos que tu como Tomador del Seguro, nombres a la persona que tu desees que sea beneficiaria.
Lo más frecuente, es que el propio banco te ofrezca el contratar los distintos seguros con ellos, a cambio de mejorarte el tipo de interés del préstamo. Ojo, con estás mejoras que te ofrecen a cambio, porque no siempre suelen ser rentables para el cliente, ya que los seguros contratados directamente a una aseguradora, pueden ser entre un 30% y un 50% más baratos.
Los seguros que exige la Ley deben tenerse contratados durante el tiempo que permanezca la hipoteca