Vivienda de Protección Oficial (VPO)
Si estás decidido a vender tu casa en Antequera, y ésta es Vivienda de Protección Oficial (VPO) debes comunicar a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Málaga las condiciones de la venta, aportando la documentación del comprador y el vendedor para que puedan comprar se reúne los requisitos. Para eso tienes que cumplimentar los modelos de solicitud que aprobados.
Una vez presentadas las solicitudes, la Junta de Andalucía resolverá si procede la autorización de venta, así como, valorará si renuncia o no a comprarla por el mismo precio que se ha pactado; Ya que la Junta tiene derecho a comprar la vivienda, antes que un tercero.
Si no han transcurrido todavía 10 años desde que se compró la vivienda, no se podrá vender, a no ser, que la parte vendedora cumpla alguno de estos requisitos que tendrás que justificar previamente:
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Motivos laborales.
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Incremento de los miembros de la unidad familiar.
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Por necesidad de un miembro de unidad familiar mayor de 65 años.
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Ser víctima de terrorismo algún miembro de la unidad familiar.
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Ser víctima de violencia de género algún miembro de la familia.
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Otras situaciones como, fallecimiento, discapacidad, separación matrimonial, o la unión de parejas de hecho inscritas.
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Vender un % de la vivienda a favor de quien ya tenga otra parte de ésta.
Precio de la vivienda de VPO
El precio de la compraventa no puede superar el máximo legal. Para saber el precio máximo legal de tu vivienda de VPO debes solicitarlo a la Delegación de la Junta en Málaga. También puedes consultarlo online en: Cálculo de Precio Máximo de Viviendas Protegidas.
La documentación que debes aportar como vendedor junto a la solicitud de venta es la siguiente:
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Fotocopia DNI y original para su cotejo. O en la solicitud marcar la casilla para Autorizar a la Administración a que verifique electrónicamente tu identidad.
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Fotocopia de las escrituras de compra.
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Nota simple del Registro de de la Propiedad con una antigüedad no superior a un mes desde la fecha de presentación.
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Detallar el precio por el que se vende la vivienda y su forma de pago.
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Condiciones de la compraventa.
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En el supuesto que solicites la venta antes de los diez años desde que la compraste, debes acreditar las circunstancias personales que lo provocan.
Los requisitos del comprador son los siguientes:
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Debe destinar la vivienda a residencia habitual y permanente.
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No puede tener otra vivienda en propiedad, o participar de algún derecho real de goce.
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Sus ingresos familiares no podrán superar los ingreso máximos que el Plan de vivienda fija y que actualmente son los siguientes:
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Viviendas de precio limitado: 5,5 veces el IPREM.
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Cálculo de los ingresos
Para el cálculo de los ingresos puedes consultar el siguiente enlace: Calculo de Ingresos Corregidos.
La documentación que debe aportar el comprador es la siguiente:
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Fotocopia DNI y original para su cotejo. O en la solicitud marcar la casilla para Autorizar a la Administración a que verifique electrónicamente tu identidad.
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Copia compulsada de la Renta última presentada, o declaración responsable de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar.
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Datos personales y los de su Unidad Familiar.
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Declaración Responsable referida a que reúne los requisitos para ser destinatario de la vivienda protegida y el compromiso de que va a destinar la misma a residencia habitual y permanente.