Tienes una casa en venta en Antequera, y un interesado te ha propuesto un “alquiler con opción a compra”. En este post te indico como puedes motivar a ese persona para que te la compre rápido…
Si te plantea un alquiler con opción a compra, posiblemente sea, porque no dispone de financiación suficiente o quizás no dispone de la entrada necesaria para comprar en este momento, y es por lo que te propone esta opción.
Bien, es importante que antes de tomar la decisión de alquilársela con opción a compra, te asegure que puede comprar en un futuro cercano, ya que, si no es así, te habrá hecho perder el tiempo y dinero, por el desgaste de la casa y la posible fluctuación del precio.
No obstante, si aceptas esta modalidad, te aconsejo que pactes con el arrendatario algunas cuestiones para incentivarle a comprar la casa lo antes posible, y así evitar, lo que te comentaba en el párrafo anterior.
El contrato de alquiler con opción a compra, debe tener dos partes bien diferencias; por un lado es un contrato de alquiler sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), y por otro, se ha de detallar en que términos se realizaría la compra en un futuro próximo.
Desventajas del alquiler con opción a compra:
- El inquilino tiene el derecho a comprar, pero no la obligación.
- Al tratarse de un contrato de alquiler, el propietario tiene la obligación de respetar la duración que marca la Ley (LAU) y que actualmente, es de tres años.
- Al fijar el precio de venta en el contrato, no podrás incrementarlo si fluctúa el mercado al alza.
Ventajas de alquilar con opción a compra:
- Es una buena opción, si crees que no vas a poder vender con facilidad la vivienda.
- Es una forma de generar ingresos por la renta.
- Puedes pactar que te entregue una cantidad de dinero en concepto de “prima de opción de compra”, que perderá si no ejercita la opción de compra.
De cualquier forma, es conveniente que acuerdes unas condiciones que incentiven al arrendatario a ejercer la compra lo más rápido posible.
¿Qué puedes plantearle?
- Pactar una prima elevada, por ejemplo 10% del importe de venta, que perderá si no ejercita la compra, y que se descontará del precio de venta, en el momento que compre.
- Pactar una renta por encima del mercado, para que el arrendatario, tenga un mayor interés en adelantar la compra cuanto antes.
- Descontar la renta que vaya pagando el arrendatario del precio de compra. Sin embargo, para incentivarlo y que compre lo antes posible, puedes hacerlo de la siguiente forma:
- No le descuentes del precio de compra, el 100% de las rentas que pague, ya que, no estará motivado para comprar rápido, pues entenderá que estás financiándole la compra a coste “0”
- Acuerda que se descuente una parte de la renta, que vaya decreciendo a medida que pase el tiempo. Así el arrendatario saldrá perjudicado cuanto más retrase la compra.
Para que lo entiendas mejor, te pongo un ejemplo:
Si haces un contrato de alquiler de tres años, acuerda, que, si compra en el primer año, se descontará del precio de venta el 80% de las rentas pagadas hasta ese momento; si compra en el segundo año, se descontarán del precio compra el 70% de las rentas pagadas hasta la fecha; y se compra el tercer año, se descontarán del precio del precio de venta el 60% de las rentas pagadas hasta la ese momento.
Si necesitas un modelo de cláusula de opción de compra, puedes escribirme un mail a josejulio@pisomap.es estaré encantado de contestarte.